Enrique Paris Roa
¡ Presente !
Enrique París Roa, casado, 3 hijos, médico, miembro del Comité Central del Partido Comunista, asesor de la Presidencia de la República, fue detenido el 11 de septiembre de 1973, cuando se produjo el Golpe de Estado de parte de las Instituciones Armadas de la República, al salir del Palacio de La Moneda, que estaba siendo bombardeado. Fue trasladado al Regimiento Tacna donde permaneció hasta el 13 de septiembre, fecha en que fue conducido en un camión militar con destino desconocido y hasta hoy permanece desaparecido.
Enrique París era Asesor del Presidente de la República en materias de Educación Superior, profesor de la Universidad de Chile en el Departamento de Filosofía y Letras y miembro del Consejo Superior de esa Universidad.
El 11 de septiembre, desde tempranas horas de la mañana se encontraba en el Palacio de La Moneda. A las 10:30 horas llamó telefónicamente a su madre para expresarle que se encontraba en ese recinto, solicitándole que cuidara a sus niños y que sabía que pronto bombardearían el Palacio.
Ese 11 de septiembre de 1973, el Palacio Presidencial de La Moneda, sede del Gobierno, fue asaltado por efectivos de Infantería y de tanques del Ejército, dirigidos por el General Javier Palacios, a los que se sumaron más tarde fuerzas de Carabineros. A las 11:00 de la mañana comenzó el bombardeo de parte de la Fuerza Aérea de Chile, que destruyó gran parte de La Moneda.
Los miembros de la Guardia Presidencial, más conocida por el calificativo de GAP, "Grupo de Amigos Personales -aludiendo a una expresión del propio Presidente de la República- y otras personas, permanecieron en el Palacio hasta que recibieron la orden del Presidente Salvador Allende de salir, lo que se hizo por una puerta de calle Morandé 80 del Palacio de La Moneda. Allí fueron encañonados y golpeados por los Militares y se les ordenó tenderse en el suelo con las manos en la nuca, estando permanentemente amenazados, incluso de ser aplastados por un tanque que se dirigió hacia ese lugar.
Dos miembros de la Guardia Presidencial, Antonio Aguirre Vásquez y Osvaldo Ramos Rivera fueron hechos prisioneros en el interior de La Moneda y fueron enviados a la Posta de la Asistencia Pública porque estaban heridos, algunos días después estas dos personas fueron sacadas desde dicho centro asistencial por efectivos militares, permaneciendo desde entonces en calidad de detenidos desaparecidos. Otros miembros del GAP que venían de la residencia presidencial de El Cañaveral y Tomás Moro, no alcanzaron a ingresar en La Moneda, siendo detenidos en sus proximidades por Carabineros e ingresados en un primer momento a las dependencias de la Intendencia de Santiago. Ellos eran, entre otros, Gonzalo Jorquera Leyton, Williams Osvaldo Ramírez Barría, Carlos Cruz Zavala y Domingo Blanco Tarrés, quienes formaban parte de un grupo de aproximadamente 13 personas, algunos de los cuales fueron posteriormente ejecutados, en tanto que los otros permanecen en calidad de detenidos desaparecidos.
El doctor Oscar Iván Soto Guzmán en Declaración Jurada del 29 de junio de 1981, ante notario en España, establece que en su calidad de médico personal del Presidente de Chile, Salvador Allende, se encontraba en el Palacio de La Moneda el 11 de septiembre de 1973 y que, al ingresar al recinto, encontró a varios asesores, médicos y guardias de Allende, entre ellos a Enrique París Roa, y que durante la mañana estuvo en diversas ocasiones con ellos y que todas estas personas sobrevivieron al bombardeo y fueron hechos prisioneros. A las 17:00 horas algunos médicos fueron liberados y el resto fue enviado en buses al Regimiento Tacna.
Las personas detenidas en La Moneda permanecieron en la calle Morandé hasta las 18:00 horas. A esa hora, estos prisioneros fueron conducidos en dos vehículos militares al Regimiento Tacna, ubicado a unas 12 cuadras del Palacio de La Moneda y que estaba a cargo del Coronel Joaquín Ramírez Pineda.
Los sobrevivientes de estos acontecimientos han entregado la información que permite reconstruir estos hechos: los prisioneros permanecieron en el mencionado Regimiento hasta el día 13 de septiembre. Mientras estuvieron detenidos en ese regimiento fueron obligados a arrastrarse hincados, estar tendidos, con los brazos sobre la nuca o de pie con los brazos en alto. Durante casi 48 horas debieron permanecer en posiciones dolorosas, en terreno áspero o de huevillo, siendo pisoteados por los Militares que corrían sobre ellos y que los golpeaban con las culatas de sus armas o les proferían heridas con sus yataganes, con la permanente vigilancia de guardias armados de ametralladoras, quienes los amenazaban y solicitaban a los Oficiales ejecutarlos de inmediato. Posteriormente permanecieron en un sector denominado los boxes o antiguas caballerizas; desde allí los prisioneros eran llevados a una oficina ubicada en el segundo piso del Regimiento, donde eran torturados e interrogados por personal del Servicio de Inteligencia Militar, SIM. Posteriormente eran devueltos, en malas condiciones físicas, a reunirse con los otros prisioneros y a continuar en las posiciones dolorosas que les asignaban. Cada cambio de guardia comenzaba con una golpiza a culatazos de los prisioneros.
Estos prisioneros eran 49 personas. De ellas se ordenó liberar, al día siguiente, a los 17 funcionarios de Investigaciones que integraban el equipo de protección presidencial y se separó a algunos otros prisioneros. Finalmente quedaron como prisioneros un grupo de personas, de las cuales se ha identificado a 21 de ellas: diez asesores del Presidente de la República o funcionarios del gobierno, diez miembros de la Guardia Presidencial y un obrero. Los asesores del Presidente eran Jaime Barrios Meza, ingeniero comercial, asesor presidencial y Gerente General del Banco Central de Chile; Sergio Contreras, relacionador público de la Intendencia y periodista; Daniel Escobar Cruz, Jefe del Gabinete del Subsecretario del Interior; Enrique Huerta Corvalán, Intendente de Palacio; Claudio Jimeno Grendi, sociólogo, asesor presidencial; Georges Klein Pipper, médico, asesor presidencial; Eduardo Paredes Barrientos, médico, asesor presidencial y ex Director de Investigaciones; Enrique París Roa, médico psiquiatra, asesor presidencial y miembro de Consejo Superior de la Universidad de Chile; Héctor Ricardo Pincheira Núñez, estudiante de medicina, asesor presidencial; y Arsenio Poupin Oissel, abogado, Subsecretario General de Gobierno y asesor presidencial. Los miembros de la Guardia Presidencial, que han podido ser identificados son los siguientes: José Freire Medina, Daniel Gutiérrez Ayala, Oscar Lagos Ríos, Juan Montiglio Murúa, Julio Hernán Moreno Pulgar, Luis Rodríguez Riquelme, Jaime Sotelo Ojeda, Julio Tapia Martínez, Oscar Valladares Caroca y Juan Vargas Contreras. Además estaba el obrero Oscar Luis Avilés Jofré, quien había concurrido a La Moneda en apoyo al Gobierno.
El detective Quintín Romero, sobreviviente de estos hechos, ha declarado que cuando estaban detenidos en una caballeriza del Regimiento Tacna les informaron que iban a fusilar a Enrique París. Los Oficiales le preguntaron si quería confesarse y éste les contestó que no, que no era creyente, que no necesitaba un sacerdote. Trajeron a un sacerdote e hicieron pararse a París, quien estaba tullido y le costó mucho hacerlo. Después se llevaron a París y el detective no tuvo oportunidad de volverlo a ver.
Alrededor de las 14:00 horas del día 13 de septiembre de 1973 estos prisioneros, amarrados de pies y manos fueron arrojados en un camión militar, unos encima de los otros y fueron conducidos fuera del Regimiento con destino desconocido.
Sin embargo, uno de los que logró sobrevivir y ha contribuido a reconstruir estos hechos. Es Juan Bautista Osses Beltrán, quien fue llevado detenido al Regimiento Tacna, pero fue incorporado a otro grupo de prisioneros, lo que le permitió salir con vida después de estar en prisión en el Estadio Chile y en el Estadio Nacional.
Osses señala en su extensa declaración que un grupo de 13 miembros de la Guardia Presidencial acompañó a Allende a La Moneda y fue detenido en su interior. Posteriormente, junto con los demás prisioneros fue conducido al Regimiento Tacna y allí fueron informados que serían fusilados a las 12:00 horas de la noche, después que el fusilamiento sería a las 3:00 horas y más adelante, se señaló a las 6:00 horas. Osses ha reconocido que entre los detenidos en el Regimiento Tacna se encontraban Héctor Daniel Urrutia, Daniel Gutiérrez, Enrique Huerta, Oscar Lagos Ríos, Juan Montiglio, Julio Moreno, Eduardo paredes, Enrique París, Georges Klein, Héctor Pincheira, Arsenio Poupin, Luis Rodríguez Riquelme y Oscar Valladares.
El testigo fue sacado del Regimiento Tacna en la madrugada del día 13 de septiembre de 1973 y conducido junto a otros detenidos al Estadio Chile.
Beatriz Celsa Parrau Tejos, quien estuvo detenida en el Regimiento Tacna, ha podido brindar algunos antecedentes importantes. Ella estaba en INDUMETAL donde atendía a un herido en su calidad de enfermera. A las 18:00 horas del 11 de septiembre, esta empresa fue ocupada por Carabineros y todos los que allí estaban quedaron detenidos y fueron conducidos a una Comisaría y el mismo día, trasladados al Regimiento Tacna. Allí supo que estaban detenidos los que habían sido apresados en La Moneda y, a pesar de estar separada de ese grupo, tuvo la oportunidad de verlos cuando iban al baño o cuando eran conducidos a los interrogatorios. Allí vio a varios médicos, que conocía por sus actividades profesionales y a dirigentes del gobierno, entre ellos a Enrique París. También observó a numerosos grupos de otros prisioneros que ingresaban o salían. El 13 de septiembre, a mediodía, a través de las rendijas del galpón en que estaban encerradas unas 90 mujeres, Celsa Parrau pudo ver salir un camión del Regimiento llevando bultos que parecían cuerpos humanos. Cuando las sacaron del mencionado galpón, a las 14:30 horas, observó que ya no estaban los prisioneros de La Moneda.
Por su parte, el Jefe de Investigaciones en La Moneda, el detective Juan Seoane, permaneció entre los detenidos de La Moneda hasta después del mediodía del 13 de septiembre, momento en que pudo presenciar como se llevaban a los prisioneros en el camión militar, entre los cuales estaba Enrique París.
Según testimonios de los sobrevivientes, ellos escucharon de los militares que participaron en la operación, que los habían llevado a los campos militares de Peldehue, ubicados en Colina, donde habrían sido fusilados e inhumados.
Un soldado del Regimiento Tacna, que pudo presenciar parte de los hechos, relata que los prisioneros fueron amarrados con alambre y lanzados a un camión Pegaso del Ejército que integró un convoy que salió del cuartel a las 14:00 horas aproximadamente, mientras se ordenaba a todos los conscriptos permanecer en sus cuadras y no transitar por los patios. En la tarde regresó el contingente que había formado parte del convoy y se corrió la voz entre los militares que los prisioneros habían sido conducidos al predio que el Regimiento Tacna tiene en los campos militares de Peldehue, en Colina, allí habrían sido ultimados frente a un hoyo o fosa, de un diámetro de unos cinco a seis metros y de varios metros de profundidad, que existía a poca distancia de la vivienda empleada por el personal de guardia del predio. Los prisioneros eran colocados en grupos de cuatro al borde de la fosa y se les disparaba. Una vez ejecutados y arrojados al fondo del foso, se habrían lanzado granadas en su interior y así continuaron las ejecuciones de cuatro en cuatro. El soldado agrega que le correspondió ir al predio mencionado a fines de septiembre de 1973 y encontró la citada fosa tapada. Allí le confirmaron que se había enterrado a los ejecutados en ese lugar y que éstos eran 26 ó 27, los cuales antes de ser asignados gritaron consignas en favor del gobierno de la Unidad Popular.
La familia de Enrique París sufrió persecuciones y su conviviente estuvo detenida durante varios meses. Finalmente, ésta y varios otros familiares debieron salir del país.
Sin embargo, esta matanza de prisioneros no ha sido jamás reconocida oficialmente ni se han entregado los cadáveres, y las personas mencionadas, entre ellas, Enrique París Roa, se encuentran desaparecidas desde el 13 de septiembre de 1973.
GESTIONES JUDICIALES Y/O ADMINISTRATIVAS
El 14 de octubre de 1973 se presentó un recurso de amparo ante la Corte de Apelaciones de Santiago en favor de Enrique París y Enrique Huerta, registrado con el rol N°529-73. El General de Brigada, Herman Brady Roche informó el 14 de octubre de 1973, que estas personas no se encuentran detenidas por los Tribunales Militares de este Juzgado y que practicadas numerosas averiguaciones no se ha establecido que lo hayan sido por orden de autoridad administrativa. La Policía de Investigaciones envió un informe similar el 1° de octubre de 1973. El 18 de octubre de 1973 se declaró sin lugar el recurso mencionado.
El 15 de noviembre de 1973 se presentó un denuncia por presunta desgracia ante el Segundo Juzgado del Crimen de Mayor Cuantía de Santiago, número de rol 81.418-16, referida a la desaparición de Enrique París Roa y de Enrique Huerta Corvalán, entregando una nómina de civiles y militares que vieron a los afectados el 11 de septiembre en el Palacio de La Moneda.
El Registro Civil de Independencia comunicó al Tribunal que no aparecían inscritas las defunciones de los afectados.
Tres testigos, los médicos Carlos Patricio Guijón Klein, Arturo Jirón Vargas y Danilo Bartulín Fodio, confirmaron ante el Tribunal la presencia de los afectados en La Moneda y su detención en ese lugar el 11 de septiembre de 1973.
La Policía de Investigaciones informó en Parte 335 del 24 de enero de 1974 que en el Regimiento Tacna no existe ninguna clase de antecedentes sobre Enrique París o Enrique Huerta, debido a que la situación imperante el 11 de septiembre no se ingresaron en ninguna parte a los detenidos, los que, además, estaban sólo de tránsito hacia otros lugares como el Estadio Chile. Tampoco se obtuvieron antecedentes en el Instituto Médico Legal, Hospitales, relaciones de personas asiladas, cuarteles de carabineros, Policía Internacional y Cruz Roja.
El 3 de diciembre de 1974 la Titular del Segundo Juzgado del Crimen de Santiago declaró cerrado el sumario y sobreseyó temporalmente la causa porque "no se ha comprobado la existencia de un delito en los hechos denunciados". El 26 de diciembre de 1974 el Fiscal de la Corte de Apelaciones recomendó aprobar el sobreseimiento. El 4 de abril de 1975 se aprobó el sobreseimiento temporal por parte de la Corte de Apelaciones de Santiago.
El 29 de marzo de 1974 se presentó ante la Corte de Apelaciones de Santiago un recurso de amparo por 131 personas desaparecidas a partir del 11 de septiembre de 1973, en el cual se incluye a Enrique París Roa. Este recurso se tramitó con el número 289-74 y fue denegado el 28 de diciembre de 1974, lo que fue confirmado por la Corte Suprema el 31 de enero de 1975, la que simultáneamente resolvió recomendar la designación de un Ministro en Visita Extraordinaria. El Tribunal Pleno resolvió el 20 de febrero de 1975, designar al juez Enrique Zurita Camps, quien se constituyó en el Primer Juzgado del Crimen de Mayor Cuantía de Santiago e inició el proceso rol N°106.657, ordenando remitir la documentación de la querella por presunta desgracia de Enrique Huerta Corvalán y Enrique París Roa del Segundo Juzgado, así como otras querellas y amparos por otros casos.
El 29 de septiembre del mismo año el Ministro en Visita se declaró incompetente en virtud de que en los distintos casos investigados aparecía involucrado en calidad de aprehensores personal militar de Ejército, Fuerza Aérea, Carabineros y Agentes de la DINA. Los antecedentes se enviaron al juez Militar, quien asigna el número 1.382-76 a la causa. El sumario se cerró el 9 de agosto de 1976 y el 14 de septiembre se sobreseyó temporalmente.
El 29 de agosto de 1979 se inició una querella por secuestro y presunto homicidio de Enrique París Roa, ante la justicia militar que se registró con el rol 45-80 en la Tercera Fiscalía Militar, esta querella es en contra de los efectivos Militares que el día 11 de septiembre detuvieron al afectado y lo trasladaron al Regimiento Tacna y, en definitiva, procedieron a ejecutarlo sin previo juicio.
El 25 de octubre de 1979 el Fiscal Militar dio orden de investigar a la Prefectura de Investigaciones.
El Parte 214 del 6 de diciembre de 1979 de la Prefectura Sur Este de Santiago, de la Policía de Investigaciones reitera la información del Parte 335 mencionado antes: el Regimiento Tacna no tiene información, el Instituto Médico Legal no tiene registrada la defunción del afectado ni hay antecedentes en hospitales o recintos penitenciarios.
El 7 de enero de 1980, en oficio 3550/2, el Teniente Coronel Ricardo Canales, Comandante del Regimiento Tacna informó al Tribunal que en la unidad a su mando "...no existen antecedentes que permitan determinar si en la fecha aludida en su Oficio hubo o no personas que fueron detenidas en el Palacio de La Moneda".
El 6 de marzo de 1980, el Coronel Armando Vergara Larraín, Jefe de Estado Mayor de la Comandancia General de Guarnición del Ejército de Santiago, en Oficio reservado N°3550/203 informa al Tribunal que el Sr. Luis Joaquín Ramírez Pineda era el Comandante del Regimiento Tacna el día 11 de septiembre y que, a la fecha, es General de División con el cargo de Jefe del Estado Mayor de la Defensa Nacional.
El 17 de marzo de 1980, en oficio reservado N°3550/1, el General de División Joaquín Ramírez Pineda, Jefe del Estado Mayor de la Defensa Nacional remitió a la Tercera Fiscalía Militar de Santiago la información siguiente: "Dado el número de personas que ingresó al Regimiento y a la situación que se vivía, en que el máximo de personal estaba cumpliendo labores operativas, lo que permitía dedicar sólo un mínimo de la dotación a tareas de control y administrativas, no fue posible dejar constancia del ingreso y salida de aquellas." Agrega que: "La cantidad de personas ingresadas al cuartel, el largo tiempo transcurrido hasta la fecha y la circunstancia de que el Comandante de la Unidad debía fundamentalmente preocuparse de las tareas operativas de la misma, impiden al suscrito recordar nombres específicos de personas arrestadas o recibidas en el Regimiento".
Este proceso fue cerrado y sobreseído el 28 de marzo de 1980 y se le notifica al abogado querellante esta resolución el 8 de mayo de 1980.
El Dictamen N°41 del 25 de marzo de 1980, de la Tercera Fiscalía Militar establece que la investigación está agotada, que no hay antecedentes suficientes que permitan establecer en forma legal la comisión de algún hecho constitutivo de delito en relación a la desaparición de Enrique París Roa, que hay otras dos causas, la rol 1382-76 del Segundo Juzgado Militar de Santiago y la rol 81418-6 del Segundo Juzgado del Crimen sobre el mismo caso que han sido sobreseídas. En conclusión recomienda sobreseer total y definitivamente la causa.
El 24 de abril de 1980 en la Resolución N°211 sobre la causa rol 45-80, el Segundo Juzgado Militar de Santiago establece el sobreseimiento temporal por no existir antecedentes para dejarlo sin efecto.
El 12 de mayo del mismo año se apeló a esa resolución. La Corte de Apelaciones confirmó el sobreseimiento el 22 de octubre de 1980.
El abogado de la parte perjudicada solicitó la reapertura del caso presentando nuevos testigos y antecedentes.
El 22 de enero de 1981 el Juzgado Militar ordenó reabrir el sumario. En marzo de 1981 declaró el doctor Patricio Arroyo, quien confirmó que Enrique París estaba en La Moneda el 11 de septiembre de 1973 y que lo vio en la fila de detenidos, mientras él, por orden del General Javier Palacios la recorría para sacar a los médicos del equipo del Presidente, equipo en el cual no estaba el doctor París. Desde esa fecha no vio más a París Roa.
El abogado querellante solicita que se oficie pidiendo la lista del personal de la Guardia de Palacio. Esta solicitud fue denegada.
El 1° de abril de 1980 el Segundo Juzgado Militar declaró el sobreseimiento temporal, el que fue confirmado por la Corte Marcial el 15 de septiembre de 1981.
El proceso rol 1382-76 de la Tercera Fiscalía Militar se sobreseyó temporalmente el 23 de octubre de 1980 y se rechazó la apelación respectiva considerando que no se encuentra justificada la perpetración del delito. Este se reabre el 22 de diciembre de 1980, al solicitarse nuevas gestiones, entre ellas, citación a declarar al doctor Patricio Arroyo, que estuvo en La Moneda en esa fecha y que se obtenga información de los Oficiales de Ejército Javier Palacios Ruhman, Armando Fernández Larios y Ernesto Baeza que estaban entre los efectivos al mando de las tropas ese día 11 de septiembre de 1973.
El 2 de febrero de 1990, el Segundo Juzgado Militar sobreseyó total y definitivamente la causa rol 1382-76, en virtud de las disposiciones del Decreto Ley 2191 de 1978 que establece la amnistía para las personas que hayan incurrido en determinados hechos delictuosos durante el lapso comprendido entre el 11 de septiembre de 1973 y el 10 de marzo de 1978. El abogado de la parte perjudicada presentó un recurso de apelación a este sobreseimiento argumentando que esta resolución es improcedente, agraviante y abusiva porque se paraliza para siempre la búsqueda de la verdad de los hechos, amnistía a personas desconocidas y deja en la impunidad los hechos denunciados.
El 22 de febrero de 1990 este Tribunal concedió el recurso de apelación y resolvió elevar los autos a la Corte Marcial.
La detención y posterior desaparición de Enrique París fue denunciada ante la Comisión Interamericana de la Organización de Estados Americanos. El 14 de octubre de 1973 el Gobierno de Chile ofreció realizar averiguaciones, asegurando que París no estaba detenido y solicitó un mayor plazo para reunir antecedentes, el 6 de julio de 1974 volvió a solicitar un nuevo plazo, que la Comisión prolongó por otros 90 días. Finalmente, el 29 de mayo de 1975, al no recibir la información ofrecida, resolvió incluirlo como un caso gravísimo de violación del derecho a la vida, a la seguridad e integridad de la persona. Al mismo tiempo instó al gobierno chileno para que continúe sus investigaciones acerca de la suerte corrida por París Roa. La Comisión acordó confirmar su resolución considerando verdaderos los hechos de la queja presentada.
Inmediatamente después de la desaparición de el afectado, la familia hizo consultas en postas, hospitales, morgues y centros de detención. Estas gestiones no tuvieron éxito. Egidio Enrique París Roa permanece en calidad de detenido desaparecido.
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Actualidad:
Primera Linea 4 de Abril 2002
Corresponden a detenidos desaparecidos de La Moneda
La ministra en visita Amanda Valdovinos, a cargo de verificar información de la Mesa de Diálogo sobre la ubicación de los restos de unos 20 detenidos desaparecidos al interior del Regimiento Justo Arteaga, de Colina, descubrió el lugar exacto donde fueron inhumados clandestinamente los cuerpos tras el golpe militar del 11 de septiembre de 1973. Una fuente exclusiva confirmó a La Voz que los restos están en un pozo de 15 metros de profundidad.
En enero pasado, los trabajos de excavación en el terreno -que fue donado por la Iglesia Católica al Ejército para prácticas de guerra antes del golpe militar- se concentraron en una fosa de 15 por 13 metros, desde donde se han extraído, hasta la fecha, más de 400 fragmentos óseos esparcidos en una profundidad de cerca de tres metros.
Sin embargo, los estudios del suelo realizados por un botánico y por el Servicio Nacional de Geología y Minería (Sernageomin) permitieron precisar que los fragmentos corresponden a los restos dejados por la remoción de las osamentas a finales de la década del '70. La precisión de los especialistas es tal, que se determinó que, por su ubicación fueron arrastrados desde uno de los extremos del sitio de excavación mediante el uso de una máquina retroexcavadora, cuyas características, (marca, modelo y propiedad) están acreditadas en el proceso.
Pozo equivalente a seis pisos
Los fragmentos, entre los que se cuentan cráneos, falanges, vértebras, dientes y arcadas, provienen de un pozo de unos cinco metros de diámetro y unos 15 metros de profundidad -equivalente a un edificio de seis pisos- donde fueron arrojados los cuerpos, una vez fusilados los detenidos y dinamitados (mediante granadas) en su interior. En los próximos días, las excavaciones se concentrarán en ese lugar y no se descarta que se verifiquen hallazgos de gran magnitud de osamentas.
Hasta el momento, con las recolecciones efectuadas, el Servicio Médico Legal ha podido aproximar en una decena las personas cuyos restos estaban en el lugar. Sin embargo, con las piezas dentales y los antecedentes con que cuenta el proceso se han podido confirmar cinco identidades, que sólo serán oficializadas una vez agotadas las diligencias.
Los familiares de las presuntas víctimas han sido informadas periódicamente por la jueza Valdovinos El último informe entregado por la ministra a la Corte Suprema confirma, además, los errores en el informe entregado por el Ejército a la Mesa de Diálogo, ya que el lugar ha sido localizado gracias a testimonios de lugareños y ex uniformados que se han acercado voluntariamente al tribunal. Todos los antecedentes reunidos por la ministra Amanda Valdovinos serán derivados a los tribunales del Crimen o militares que correspondan para determinar a los responsables de los homicidios y las inhumaciones y exhumaciones ilegales acreditadas en la investigación.
¿Quiénes son?
Según el Informe Rettig, 21 fueron los detenidos de La Moneda que terminaron trágicamente en Colina. Los asesores del Presidente Allende Eduardo Paredes Barrientos, ex director de Investigaciones; Enrique París Roa, Jaime Barrios Meza, gerente general del Banco Central; Sergio Contreras, Daniel Escobar Cruz, Enrique Huerta Corvalán, Claudio Jimeno Grendi, doctor Georges Klein Pipper, Héctor Pincheira Núñez y Arsenio Poupin Oissel, subsecretario General de Gobierno. Los miembros del GAP José Freire Medina, Daniel Gutiérrez Ayala, Oscar Lagos Ríos, Juan Montiglio Murúa, Julio Moreno Pulgar, Luis Rodríguez Riquelme, Jaime Sotelo Ojeda, Julio Tapia Martínez, Héctor Urrutia Molina, Oscar Valladares Caroca, Juan Vargas Contreras y Oscar Luis Avilés Jofré.