ÚLTIMA HORA

MIGUEL KRASNOFF SUMÓ NUEVA CONDENA

30.12.2015 20:14

Esto por el secuestro calificado de Mónica Llanca Iturra, en septiembre de 1974.

Krassnoff recibió otros 7 años de presidio; Orlando Manzo y Basclay Zapata a 5 años y un día.

La Justicia ratificó la sentencia que condenó a tres miembros del aparato represor de la dictadura militar (1973-1990), por el secuestro y desaparición de Mónica Llanca Iturra, en septiembre de 1974.

Según fuentes judiciales, en fallo unánime, la Corte de Apelaciones de Santiago confirmó la sentencia en contra de Miguel Krassnoff Martchenko, a 7 años de presidio; y a Orlando Manzo Durán y Basclay Zapata Reyes, a 5 años y un día de presidio.

Los tres pertenecían a la Dirección de Inteligencia Nacional (DINA), la policía secreta de Pinochet entre 1973 y 1977, responsable de violaciones a los derechos humanos entre los que se cuentan asesinatos, secuestro y tortura de personas y de numerosos casos de infiltración política.

El secuestro calificado de Llanca ocurrió el 6 de septiembre de 1974, en la Región Metropolitana, cuando era funcionaria del Gabinete Central de Identificación, estaba casada y tenía un hijo, sin afiliación política.

Además, la sentencia ordena al Estado de Chile a pagar una indemnización de 50 millones de pesos (unos 70.000 dólares) a Rodrigo Maturana Llanca, hijo de Mónica, y 20 millones de pesos (unos 28.000 dólares) a Manuel Maturana Palma, cónyuge.

Durante la dictadura de Pinochet, según cifras oficiales, unos 3.200 chilenos murieron a manos de agentes del Estado, de los que 1.192 figuran aún como detenidos desaparecidos, mientras otros 33.000 fueron torturados y encarcelados por causas políticas.

Fuente: Radio Cooperativa

OFICIALES EN RETIRO DE LA FACH FUERON CONDENADOS POR TORTURAR A JOSÉ TOHÁ

04.12.2015 20:09

El ministro en visita Jorge Zepeda Arancibia condenó a los oficiales en retiro de la Fuerza Aérea de Chile, Ramón Cáceres Jorquera y Sergio Contreras Mejías, como responsables del delito de aplicación de tormentos al ex ministro del Interior y Defensa del Gobierno de Salvador Allende José Tohá.

Según la sentencia, el ex secretario de Estado sufrió diversos apremios ilegítimos cuando estuvo detenido en la Isla Dawson y también durante su permanencia en el Hospital Militar, lugar donde falleció en marzo de 1974.

El magistrado sentenció a Cáceres y Contreras a la pena de tres años de presidio, con el beneficio de la remisión condicional, por su responsabilidad en los hechos mencionados.

La sentencia recuerda que el 15 de marzo de 1974 Tohá se encontraba detenido e incomunicado en el Hospital Militar y "fue encontrado muerto, en suspensión incompleta, apoyado sobre una de las repisas del closet de la habitación, con sus pies flectados sobre el piso y su cuello unido por un cinturón a un soporte, consistente en una cañería del agua potable que pasaba por el interior del maletero del closet".

"Durante su privación de la libertad y no obstante el delicado estado de salud en que se encontraba en reiteradas oportunidades fue víctima, por parte de agentes del Servicio de Inteligencia de la Fuerza Aérea de Chile, de tratos crueles y degradantes, ejecutados con el propósito de dañar su integridad física y psíquica, con afectación de su honra y dignidad", establece el texto.

Además, se da cuenta que el ex ministro de Allende, al retornar de Isla Dawson, estuvo directamente bajo el dominio de agentes de la Fuerza Aérea, quienes "lo interrogan duramente, no obstante el delicado estado de salud, empleando en su contra presiones físicas y psíquicas, entre otras, mantenerlo por largo tiempo en esperas al interrogatorio con la vista vendada, suspenderlo y luego continuarlo en reiteradas oportunidades con el solo objeto de infundirle temor, y, atribuirle imputaciones falsas respecto de hechos que afectaban su honra y dignidad".

Posteriormente, una vez internado en el Hospital Militar, "en diversas oportunidades, no obstante encontrarse enfermo, es trasladado nuevamente desde su lecho en dicho hospital al recinto de la Academia de Guerra de la Fuerza Aérea (...) donde es vuelto a interrogar en forma degradante, dejándole tales rigores secuelas notorias en él; malos tratos que los agentes repiten, sin consideración al estado de salud, en el mismo Hospital Militar, como lo comprueban los papeles manuscritos que la víctima escribió a requerimiento escrito de los agentes", establece la sentencia.

Fuente: Radio Cooperativa

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