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PERIODISTA FRANCÉS DESTAPA CÍRCULO HOMOSEXUAL DE PINOCHET QUE ENCUBRIÓ A KARADIMA

16.04.2019 00:18

Periodista francés destapa círculo homosexual de Pinochet que encubrió a Karadima

"Pinochet tenía una obsesión con los gay", aseguró.

El periodista francés, Frédéric Martel, conocido por destapar la masiva presencia de homosexuales al interior de la Iglesia Católica con su libro "Sodoma: Escándalo en el Vaticano", reveló detalles de su desconocida arista en Chile.

En conversación con Cadena Nacional de Vía X, el escritor explicó que existía una red de protección entre Fernando Karadima y el círculo más cercano a Augusto Pinochet.

JAIME GUZMÁN

 

A partir de entrevistas y la desclasificación de archivos secretos del departamento de Estado norteamericano, Martel sostuvo que "el nuncio Angelo Sodano está mucho más ligado de lo que se piensa a la dictadura de Pinochet".

Según el periodista, el religioso está comprometido con al menos seis personas del círculo del dictador: Sergio Rillón, Rodrigo Serrano Bombal, Osvaldo Rivera, Francisco Javier Cuadra, Jaime Guzmán y Enrique Arancibia Clavel.

"Estos seis cercanos o consejeros de Pinochet, la mayoría son homosexuales y tienen lazos sumamente fuertes con Sodano. Hay un misterio que develo en mi libro y ahora le pertenece a los periodistas chilenos", subrayó.

Martel agrega que Sodano fue informado de los crímenes de Karadima y lo protegió. Asimismo, afirma que "es imposible que los responsables que trabajaban con Pinochet no supieran, en un sistema tan seguro como el que tenía".

 

 

"Tenemos que poder comprender las redes gay de Pinochet. Es una de las revelaciones dentro de este libro porque nadie había contado esto. Pinochet tenía una obsesión con los gay, quería saber todo, quién era gay, qué obispo, qué cura era gay, Karadima y Sodano eran sus informantes", precisó.

Para el escritor, Karadima contó con cuatro redes de protección: Angelo Sodano y los embajadores del Papa, el círculo de Pinochet y el episcopado chileno, primero con el cardenal Francisco Javier Errázuriz y luego con Ricardo Ezzati. 

ADN 91.7

 

CORTE CONDENA A PENAS EFECTIVAS A EX-AGENTES DE COMANDO CONJUNTO POR DESAPARICIÓN DE CINCO PERSONAS

11.04.2019 00:49

Corte condena a penas efectivas a exagentes del Comando Conjunto por desaparición de cinco personas

La Corte de Apelaciones de Santiago condenó a penas efectivas a exagentes del "Comando Conjunto" por su respon sabilidad en el delito de secuestro calificado de José Arturo Weibel Navarrete, Mariano León Turiel Palomera, Francisco Hernán Ortiz Valladares, José Santos Rocha Álvarez y Carlos Enrique Sánchez Cornejo. Ilícitos cometidos entre el 15 de octubre de 1975 y el 15 de julio de 1976.

En fallo dividido, la Tercera Sala del tribunal de alzada –integrada por los ministros Mauricio Silva Cancino, Elsa Barrientos Guerrero y la abogada (i) Paola Herrera Fuenzalida– confirmó la sentencia impugnada, dictada por el ministro en visita Miguel Vázquez Plaza, que condenó a Freddy Enrique Ruiz Bunger, Juan Francisco Saavedra Loyola y Manuel Agustín Muñoz Gamboa a penas de 18 años de presidio, más accesorias legales, en calidad de autores de los delitos de secuestro calificado de Francisco Hernán Ortiz Valladares, José Santos Rocha Álvarez, Carlos Enrique Sánchez Cornejo, José Arturo Weibel Navarrete y Mariano León Turiel Palomera.

En tanto, Antonio Benedicto Quirós Reyes deberá purgar la pena de 6 años de presidio, más accesorias legales, como autor del delito de secuestro calificado de Mariano León Turiel Palomera.

Finalmente, los agentes Alejandro Segundo Sáez Mardones,Roberto Alfonso Flores Cisterna y Carlos Hernán Rodrigo Villarreal deberán cumplir 5 años y un día de presidio, más accesorias legales, como autores del delito de secuestro calificado de José Arturo Weibel Navarrete.

Asimismo, por fallecimiento se aprobaron los sobreseimientos parciales y definitivos respecto de Jorge Rodrigo Cobos Manríquez, César Luis Palma Ramírez y Freddy Enrique Ruiz Bunguer.

"Que, en cuanto a la prescripción y amnistía alegadas por todos los encartados, cabe precisar que estos capítulos están debidamente tratados en los motivos Trigésimo quinto y Cuadragésimo primero de la sentencia en alzada, y dado a la reiterada jurisprudencia del máximo tribunal en orden a que el secuestro es un delito permanente no cabe la aplicación de tales institutos. La amnistía tiene solo un espacio temporal delimitado de aplicación, y la prescripción aun no es posible comenzar a contar el plazo dado al carácter permanente del delito y a la situación de uno de lesa humanidad que impide su aplicación.

Las minorantes de responsabilidad penal alegadas están analizadas en el fallo que se revisa y que este tribunal comparte en su aplicación", expone el fallo.

En el aspecto civil, se ratificó la sentencia que condenó al fisco a pagar una indemnización total por $1.520.000.000 (mil quinientos veinte millones de pesos) a familiares de las víctimas. 

El Clarin de Chile

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